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Calculadora de aguinaldo en El Salvador

Escriba su salario mensual y sus años de servicio, y vea cuántos días de aguinaldo le corresponden y cuánto recibe después de renta.

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DESGLOSE

Salario diario$ 30.00
Días de aguinaldo19 días
Aguinaldo bruto$ 570.00
Renta (descuento)– $ 0.00

RECIBE DE AGUINALDO

$ 570.00

Ya con el descuento de renta aplicado.


El aguinaldo no lleva descuento de ISSS ni AFP, sólo de renta.

Cálculo referencial con la tabla de retención vigente y el aguinaldo exento de renta hasta $1,500 (exención decretada cada año). No sustituye la planilla formal ni una asesoría. Consúltenos su caso.

Cómo se calcula el aguinaldo

El aguinaldo es un pago obligatorio de fin de año, distinto del salario mensual, y su base de cálculo depende únicamente de dos datos: el salario diario del trabajador y sus años de servicio. A diferencia de la planilla mensual, aquí no se descuenta ISSS ni AFP — sólo la retención de renta, si el monto la alcanza.

  1. Menos de 1 año: proporcional al tiempo trabajado sobre una base de 15 días.
  2. De 1 año y hasta menos de 3: 15 días de salario.
  3. De 3 años y hasta menos de 10: 19 días de salario.
  4. 10 años o más: 21 días de salario.

El salario diario se obtiene dividiendo el salario mensual ordinario entre 30, y el aguinaldo bruto es simplemente ese salario diario multiplicado por los días que correspondan según la tabla anterior (Código de Trabajo, art. 198). Los primeros $1,500 de aguinaldo están exentos de renta; sólo sobre el excedente se aplica la misma tabla de retención de renta que usa el resto de las calculadoras de este sitio — no hay una tasa especial para aguinaldo, pero sí una diferencia importante frente al salario mensual: el aguinaldo nunca lleva descuento de ISSS ni de AFP, porque no es salario ordinario sujeto a cotización, sólo ingreso gravable para renta.

La ley salvadoreña fija el 12 de diciembre como fecha límite de pago del aguinaldo cada año. Un empleador que paga después de esa fecha, o que lo calcula sobre un salario distinto al que el trabajador realmente devenga, se expone a un reclamo laboral que rara vez vale la pena frente al costo de calcularlo bien la primera vez. Esta calculadora sirve tanto para el trabajador que quiere verificar el monto que le corresponde como para el empleador que necesita presupuestar el gasto de diciembre con tiempo — en ambos casos, el resultado es referencial: la obligación real de cada empresa depende de la planilla completa de su personal, que conviene delegar a quien la lleva como parte de su trabajo diario.

Preguntas frecuentes

¿El aguinaldo lleva descuento de ISSS y AFP?

No. Sólo puede llevar retención de renta, y únicamente sobre la parte que pase de $1,500 (hasta ese monto el aguinaldo está exento) — a diferencia del salario mensual, que sí cotiza a ambas instituciones. Puede comparar con la calculadora de salario neto.

¿Qué pasa si trabajé menos de un año?

Le corresponde una parte proporcional de los 15 días, calculada sobre el tiempo real trabajado en el año calendario, no el aguinaldo completo.

¿Cuál es la fecha límite para que me lo paguen?

El 12 de diciembre de cada año, según el Código de Trabajo. Pagarlo después de esa fecha expone al empleador a un reclamo ante el Ministerio de Trabajo.

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